¿Qué es?
Los derechos de fotocopias se determinan como el valor a cancelar por la prestación del servicio de fotocopiado ante cualquier Entidad Distrital. Se efectúa el cobro cuando el número de copias sea mayor de cinco copias.
Hecho generador
El hecho generador se establece por hacer uso del servicio de fotocopias en entidades distritales.
Sujeto Pasivo
El sujeto pasivo son los particulares y / o funcionarios que hagan uso del servicio de fotocopias.
Clases de Copias
No solo se presentan las fotocopias comunes, sino que también están, las copias de planos (copia heliográfica), foto-plano.
Tarifa
El valor de cada fotocopia solicitada por un particular, que corresponda a documentos oficiales o que repose en expedientes la suma de ochenta y seis pesos ($86), moneda corriente más IVA del 16%.
Para el caso de los planos (copia heliográfica), la Resolución 340 de 2002 en el Art.2 se establece la siguiente tarifa:
Copia Heliográfica Costo
1 pliego (70 x 100 cm.): Dos mil trescientos cincuenta y tres pesos ($2.353) más IVA
1/2 Pliego (50 x 70 cm. mil ciento setenta y siete pesos ($1.177) más IVA
1/4 Pliego (50 X 35 cm.): quinientos ochenta y ocho pesos ($588) más IVA
Para el caso de las copias de los planos o lo denominado foto-plano se fijan las tarifas dependiendo del tamaño, es decir si se requiere de una reducción o ampliación de Foto-planos, la Resolución 340 de 2002 en el Art.3 se establece la siguiente tarifa:
Foto-planos Costo
Reducción de 1 pliego a 1/2 pliego Tres mil doscientos setenta y seis pesos ($3.276) más IVA.
Reducción de 1 pliego a 1/4 de pliego Dos mil setecientos ochenta y nueve pesos ($2.789) más IVA.
Reducción de 1/4 de pliego a tamaño carta u oficio Dos mil setecientos ochenta y nueve pesos ($2.789) más IVA
En caso de requerirse la ampliación o reducción de un Foto-plano con dimensiones diferentes a las anteriores señaladas se cobrará ochocientos sesenta y dos pesos ($862) más cincuenta pesos ($50), por cada centímetro lineal, más IVA
Procedimiento para el Pago
Para el pago de fotocopias el usuario deberá traer la orden o liquidación de la dependencia donde se van a tomar las fotocopias y liquidar el IVA correspondiente al 16%.
Se requiere del diligenciamiento del formato que se estableció en la circular 4 de 2005 de la Dirección Distrital de Tesoreria.
El pago por este concepto lo debe efectuar en las ventanillas, de la Dirección Distrital de Tesorería-Subdirección de Operación Bancaria, ubicadas en la Carrera 30 No. 24-90 Piso 1, Supercade- CAD de lunes a viernes en horario de 7 a.m. a 6 p.m. jornada continua y sábados de 8 a.m. a 11 a.m.
Normatividad
Resolución 104 de 2002 de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, DC” Por el cual se actualiza el precio de las fotocopias”
Resolución 340 de 2002 “Por la cual se establece el valor de las copias de documentos solicitadas por particulares