¿Qué es?
La licitación pública es el valor que se asignan a los pliegos de condiciones de las licitaciones, invitaciones ó concurso de méritos que se venden dentro del proceso de contratación realizado por las diferentes entidades Distritales, que deben cancelar las personas naturales o jurídicas que deseen participar o concursar.
Sujeto Pasivo o Responsable
Los responsables son las personas naturales o jurídicas que adquieren los pliegos de condiciones invitaciones ó concurso de méritos.
Base de liquidación
La base de liquidación se fija de acuerdo con el valor de la licitación o invitación; es de tener en cuenta que no existe un porcentaje fijo; pero en general se establece un porcentaje.
Procedimiento de pago:
Para el pago se requiere de lo siguiente:
• La dependencia respectiva fija el valor de los pliegos de acuerdo con el valor de la licitación. El valor es fijado actualmente por la junta de licitaciones a criterio libre, la tendencia es fijar un valor bajo para estimular la presentación de un número mayor de propuestas y que se cubran los gastos en los que se incurre.
• Las dependencias en su mayoría envía a la Dirección Tesorería Distrital informe de las fechas límites y valores establecidos para los pliegos.
• La persona que quiere adquirir pliegos deben presentar una orden o formato expedido por la entidad que lleva a cabo la licitación pública, en la cual se encuentre el número de la licitación, como a su vez la fecha de apertura y de cierre, como también el valor a cancelar.
• El pago por este concepto lo debe efectuar en las ventanillas, de la Dirección Distrital de Tesorería –Subdirección de Operación Bancaria, ubicadas en la Carrera 30 No. 24-90 Piso 1, de lunes a viernes en el horario establecido. Supercade de lunes a viernes en horario de 7 a.m. a 6 p.m. jornada continua y sábados de 8 a.m. a 11 a.m.
Normatividad
Ley 80 de 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”.