Presentación
Para dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 275 de 2001 expedida por la Superintendencia de Valores y con el ánimo de facilitar el control externo de la gestión administrativa del Gobierno Distrital, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. como máxima autoridad administrativa, delegó a través del Decreto Distrital 854 de 2001 en el Secretario de Hacienda las funciones relacionadas con la administración, conducta y suministro de la información destinada a asegurar el respeto de los derechos de los Fondos de Pensiones, cuando pretendan invertir o inviertan en títulos valores de deuda pública emitidos por el Distrito Capital, para lo cual ordena adoptar las medidas necesarias para poner en conocimiento de los inversionistas y del mercado público de valores las normas, prácticas y políticas vigentes en el Distrito Capital en materia de gestión administrativa, fiscal y financiera, así como revelar de manera oportuna y veraz la información necesaria para que los potenciales suscriptores de los títulos adopten sus decisiones de inversión.
En uso de las mencionadas facultades, el Secretario de Hacienda Distrital expidió la Resolución No. 1208 del 5 de septiembre de 2002 modificada mediante Resolución No. 1669 "Por medio de la cual se adoptan medidads en relación con la administración, conducta y suministro de la información destinada a asegurar el respeto de los derechos de los fondos de pensiones, cuando pretendan invertir en títulos valores de deuda pública emitidos por el Distrito Capital".
En esta Resolución se dispuso la adopción del Código de Buen Gobierno de la Administración Central del Distrito Capital, el cual deberá estar actualizado de conformidad con las normas nacionales y distritales vigentes y las que se expidan sobre la materia.