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Portal Internet SHD > Impuestos > Tramites ante la Dirección de Impuestos
Servicios ofrecidos a los ciudadanos:
  • Relaciones de pago para los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores.
  • Liquidación sugerida de los impuesto predial unificado y sobre vehículos automotores.
  • Recibo de pago para el sistema simplificado de pago del impuesto predial.
  • Estado de cuenta en el registro de información tributaria RIT.
  • Inscripción de novedades en el registro de información tributaria RIT.
  • Devoluciones y/o compensaciones.
  • Saneamiento informático.
  • Base de datos boletin de deudores morosos del Estado.
  • Facilidades de pago.
  • Información sobre la parte sustancial y procedimental de los impuestos distritales.

Los documentos requeridos para cada trámite son:Los documentos requeridos para cada trámite son:

Impuesto predial unificado

  • Documento de identidad
  • No. del CHIP (código homologado de identificación predial) del predio a consultar, o
  • Boletín de nomenclatura del predio, expedido por el Departamento de Catastro Distrital, o
  • Recibo de pago del año anterior.
Impuesto sobre vehículos automotoresImpuesto sobre vehículos automotores
  • Documento de identidad
  • Original o fotocopia de la tarjeta de propiedaddel vehículo.
  • Original o fotocopia del SOAT (Seguro obligatorio contra accidentes de tránsito)
  • En caso de párdida de los anteriores documentos, Certificado de libertad y tradición del vehículo, expedido por el SETT

 

Impuesto de industria y comercio ICAImpuesto de industria y comercio ICA
  • Documento de identidad
  • Certificado de cámara de comercio.
  • Carta de autorización del representante legal.
  • Fotocopia de RUT.
  • Fotocopia de la cédula o NIT de quien autoriza y quien adelanta el trámite.
Saneamiento informático
  • Fotocopia cédula de ciudadanía o NIT.
  • Fotocopia documento de identidad del representante legal.
  • Certificado de nomenclatura (actualizado).
  • Fotocopia tarjeta de propiedad.
  • Fotocopia certificación cámara de comercio (no mayor a 90 días).
  • Certificación de contador público (persona jurídica con error en liquidación privada).

RECUERDE QUE ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA TODOS LOS TRÁMITES SON GRATUITOS

Por favor evite intermediarios


Si usted tiene alguna duda sobre este impuesto, por favor comuníquese a la línea Bogotá 195,
o diríjase a cualquiera de nuestros

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