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¿Que es el ajuste por equidad tributaria?

El Acuerdo 352 de 2008, apróbó un beneficio para los predios objetos de actualización catastral. Para conocer como se aplica este ajunte descarge el siguiente instructivo:


Para liquidar su impuesto predial debe tener en cuenta Los siguientes elementos:

1. Avalúo del predio para la vigencia: 

El avalúo del predio, constuye la base gravable sobre la cual se calculará el impuesto a pagar para cada vigencia. Este valor en ningún caso puede ser inferior al avalúo catastral fijado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Para conocer el avalúo catastral de su predio puede solicitar una certificación catastral o consultarlo via web ingresando a la siguiente enlace: 

www.catastrobogota.gov.cowww.catastrobogota.gov.co


2. Tarifa y ajuste

Una vez se conoce la base gravable del predio se aplica la tarifa dependiendo el uso y el avalúo del predio, también se debe tener en cuenta si existe ajuste para la categoria del predio determinado.Para conocer las tarifas de la vigencia 2009 ingrese al siguiente enlace:

Tarifas e información adicional para el impuesto predialTarifas e información adicional para el impuesto predial


3. Ajuste para predios actualizados

Para los predios objetos de actualización catastral se debe tener en cuenta el Ajuste por equidad tributaria, aprobado en el Acuerdo Distrital 352 de 2008, el cual determina unos aumentos máximos según el avalúo de los predios e independientemente del aumento del avalúo que se produzca por efectos de la actualización. Tendrán derecho a este ajuste únicamente los contribuyentes que realicen el pago total de su impuesto dentro de las fechas establecidas para cada año. Para consultar el contenido completo de este acuerdo siga el siguiente enlace: 
 

Acuerdo 352 de 2008Acuerdo 352 de 2008


4. Descuento por pronto pago, sanciones e intereses

Si el contribuyente realiza el pago total de su impuesto dentro de las fechas establecidas para el pago con descuento tendrán derecho a restarle un 10% a su  impuesto. Por lo contrario si realizan su declaración fura de los plazos establecidos para el pago oportuno deberán liquidar las sanciones e intereses correspondientes.

Sanciones vigentesSanciones vigentes
Cálculo de interesesCálculo de intereses

Si usted tiene alguna duda sobre este impuesto, por favor comuníquese a la línea Bogotá 195,
o diríjase a cualquiera de nuestros

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